Con retórica tecnocrática se presenta otra de las medidas estrella: la supresión de los partidos judiciales, con sus correspondientes juzgados y tribunales, que serían remplazados por unos Tribunales Provinciales de Instancia. Salvo excepciones de gestión desconcentrada, estas cortes provinciales absorberían todas las competencias hoy dispersas en juzgados de pueblos y ciudades, y se harían cargo también de las funciones de primera instancia de las Audiencias. Aun basándose en principios de racionalización y eficiencia, no carece esta propuesta de pretensiones y consecuencias políticas. Además de alejar la administración de justicia del ciudadano, agrandando la brecha abierta por las tasas judiciales, estos nuevos tribunales compondrían una pieza fundamental de la apuesta del Gobierno por concentrar el poder institucional en las provincias. Se encuentran así en sintonía con otra de las grandes reformas gubernamentales, la llevada a cabo por la ley 27/2013, de 27 de diciembre, sobre «sostenibilidad de la Administración local», en la que se atribuye la coordinación de todos los servicios de los municipios de menos de 20.000 habitantes a las Diputaciones Provinciales, dotadas además de facultades de tutela, control y fiscalización sobre los Ayuntamientos.